
Comité SST: Cómo Formarlo Paso a Paso en Perú 2026
Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: Cómo Formarlo Paso a Paso en Perú
Tiempo de lectura: 8 minutos
Si tu empresa tiene 20 o más trabajadores, necesitas saber exactamente cómo formar el Comité SST y mantenerlo operativo. Según el [Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE)], el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo es un órgano obligatorio bajo la Ley N° 29783 cuya ausencia constituye una infracción grave que SUNAFIL fiscaliza en cada visita de inspección.
En esta guía te explicamos paso a paso qué es, quiénes deben conformarlo, cómo se elige a sus miembros y qué documentos debes tener listos. Para el marco legal completo, consulta también nuestro artículo sobre [las obligaciones del empleador según la Ley 29783].
¿Qué es el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo?
El Comité SST es un órgano bipartito y paritario — compuesto por igual número de representantes del empleador y de los trabajadores — cuya función principal es la prevención de riesgos laborales dentro de la empresa.
Está regulado por:
- Ley N° 29783 — Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
- D.S. 005-2012-TR — Reglamento de la Ley 29783
- R.M. 050-2013-TR — Formatos referenciales de SST
¿Cuándo es obligatorio y cuándo no?
| Número de trabajadores | Órgano obligatorio |
|---|---|
| 20 o más trabajadores | Comité SST (bipartito) |
| Menos de 20 trabajadores | Supervisor de SST (elegido por trabajadores) |
⚠️ El conteo incluye todos los trabajadores del centro de trabajo: planilla, contratos, terceros y service. SUNAFIL lo verifica.
Composición del Comité SST
El Comité debe tener igual número de representantes de cada parte:
Representantes del empleador
- Designados directamente por la empresa
- No requieren elección
- Mínimo: 4 miembros (2 titulares + 2 suplentes) en empresas medianas
Representantes de los trabajadores
- Elegidos por votación por sus compañeros
- Deben ser trabajadores de la empresa (no supervisores ni gerentes)
- El proceso electoral lo organiza el empleador
Número mínimo de miembros
| Trabajadores en el centro | Miembros del Comité (total) |
|---|---|
| 20 a 50 | 4 miembros (2+2) |
| 51 a 100 | 6 miembros (3+3) |
| 101 a 500 | 8 miembros (4+4) |
| 501 a 1,000 | 10 miembros (5+5) |
| Más de 1,000 | 12 miembros (6+6) |
Proceso para formar el Comité SST: 7 pasos
Paso 1 — Verificar la obligación
Confirma que tienes 20 o más trabajadores en el centro de trabajo. Si tienes varios locales, cada uno con 20+ trabajadores requiere su propio Comité (o un Sub-Comité).
Paso 2 — Convocar las elecciones de representantes de los trabajadores
El empleador debe convocar formalmente a elecciones mediante:
- Comunicado escrito publicado en el centro de trabajo
- Plazo mínimo: 15 días calendario de anticipación
- El documento debe indicar fecha, lugar y hora de la votación
Paso 3 — Recibir candidaturas
Los trabajadores que quieran postular deben:
- Presentar su candidatura por escrito
- Ser trabajadores activos de la empresa
- No ocupar cargos de dirección o confianza (gerentes, jefes de área)
Paso 4 — Realizar la votación
- Cada trabajador vota por sus candidatos
- La votación puede ser presencial o mediante plataformas digitales internas
- Se levanta un Acta de Elección con los resultados y firmas de los participantes
Paso 5 — Designar a los representantes del empleador
Paralelamente a las elecciones, la empresa designa por escrito a sus representantes. Se recomienda incluir al Jefe de SST o a un profesional con conocimiento del área.
Paso 6 — Instalar el Comité
Con ambos grupos de representantes confirmados:
- Convocar la Sesión de Instalación
- Elegir al Presidente (un representante del empleador) y al Secretario (un representante de los trabajadores), o viceversa según acuerdo
- Levantar el Acta de Instalación firmada por todos los miembros
Paso 7 — Registrar en el MTPE
El Comité instalado debe registrarse en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) a través de la plataforma en línea, adjuntando el Acta de Instalación.
Funciones del Comité SST
Una vez instalado, el Comité tiene las siguientes responsabilidades:
| Función | Frecuencia |
|---|---|
| Aprobar y supervisar el Plan Anual de SST | Anual |
| Realizar reuniones ordinarias | Mensual |
| Realizar inspecciones internas | Trimestral mínimo |
| Investigar accidentes e incidentes | Cada vez que ocurren |
| Revisar y aprobar el Reglamento Interno de SST | Anual |
| Elaborar el informe anual de SST | Anual |
📌 Las reuniones mensuales deben quedar registradas en Actas de Reunión archivadas en el Libro de Actas del Comité SST.
Documentos obligatorios que debe tener el Comité
SUNAFIL puede solicitar cualquiera de estos documentos durante una fiscalización:
- ✅ Acta de Elección de representantes de los trabajadores
- ✅ Acta de Instalación del Comité SST
- ✅ Registro en el MTPE (constancia)
- ✅ Libro de Actas con todas las reuniones firmadas
- ✅ Plan Anual de SST aprobado por el Comité
- ✅ Reglamento Interno de SST vigente
- ✅ Constancias de capacitación de los miembros del Comité
¿Cada cuánto tiempo se renueva el Comité?
El mandato de los representantes de los trabajadores dura 1 año. Al vencerse, debe realizarse un nuevo proceso electoral. Los miembros salientes pueden ser reelegidos.
Los representantes del empleador pueden ser cambiados en cualquier momento por decisión de la empresa.
Multas por no tener el Comité SST
El incumplimiento de las obligaciones del Comité SST es una infracción grave bajo el Reglamento de la Ley 29783:
| Infracción | Clasificación | Multa aproximada |
|---|---|---|
| No tener Comité SST constituido | Grave | Hasta S/ 54,450 |
| No realizar reuniones mensuales | Grave | Hasta S/ 54,450 |
| No tener Libro de Actas al día | Grave | Hasta S/ 27,225 |
| No registrar al Comité en MTPE | Leve | Hasta S/ 9,075 |
Las multas se calculan según el número de trabajadores afectados y la UIT vigente (S/ 5,350 en 2026).
¿Necesitas capacitar a los miembros de tu Comité SST?
La Ley 29783 exige que los miembros del Comité SST reciban capacitación en seguridad y salud en el trabajo. En CORGASA ofrecemos:
- Curso SST para Miembros del Comité — 16 horas, certificado por SENCICO-compatible
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Conclusión
Formar el Comité SST no es burocracia — es la base de un sistema de prevención que protege a tus trabajadores y a tu empresa de multas y accidentes. El proceso es claro: convoca elecciones, instala el Comité, regístralo en el MTPE y mantenlo activo con reuniones mensuales documentadas.
¿Tienes dudas sobre el proceso? Nuestro equipo de CORGASA puede asesorarte y capacitar a los miembros de tu Comité SST.
Artículo elaborado por el equipo de CORGASA — Capacitación en Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente Última actualización: Abril 2026




