
Curso Seguridad Minera Online: D.S. 024-2016-EM Perú
Curso Seguridad Minera Online: Qué Exige el D.S. 024-2016-EM
Tiempo de lectura: 8 minutos
La minería concentra algunos de los riesgos laborales más altos del país, y la normativa que la regula es proporcionalmente más exigente que la de casi cualquier otro sector. Buscar un curso seguridad minera online sin entender primero qué exige el reglamento vigente lleva a elegir una capacitación genérica que no cubre lo que una auditoría o una fiscalización realmente revisa. Esta guía explica qué obliga el D.S. 024-2016-EM, quiénes deben certificarse y qué debe cubrir una capacitación seria en seguridad minera.
El marco normativo: D.S. 024-2016-EM
El Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, aprobado por el D.S. 024-2016-EM y publicado el 28 de julio de 2016, es la norma central del sector. Ha sido modificado posteriormente por el D.S. 023-2017-EM y el D.S. 034-2023-EM, por lo que cualquier capacitación seria debe trabajar con la versión vigente, no con el texto original de 2016.
El objetivo del reglamento es prevenir incidentes, incidentes peligrosos, accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales en la actividad minera, promoviendo una cultura de prevención de riesgos. Dos obligaciones concretas del titular de actividad minera son especialmente relevantes para la capacitación:
- Asumir de manera absoluta los costos relacionados con la seguridad y salud ocupacional —no puede trasladarlos al trabajador ni a la empresa contratista.
- Formular un Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional y un Programa Anual de Capacitación, documentos que deben sustentar, entre otras cosas, qué cursos recibió cada trabajador y cuándo.
El reglamento aplica tanto a las empresas titulares de la actividad minera como a las empresas contratistas mineras, lo que significa que el personal tercerizado tiene las mismas obligaciones de capacitación que el personal directo.
Quiénes deben certificarse
- Trabajadores de operaciones (perforación, voladura, acarreo, procesamiento de mineral).
- Personal de mantenimiento que ingresa a zonas operativas de mina.
- Supervisores y personal de línea de mando responsables de autorizar trabajos de alto riesgo dentro de la unidad minera.
- Trabajadores de empresas contratistas y subcontratistas mineras, en igualdad de condiciones que el personal del titular.
La capacitación específica de seguridad minera no reemplaza otras certificaciones de alto riesgo que el mismo trabajador pueda necesitar según su labor. Si además maneja o transporta sustancias peligrosas dentro de la operación, esa exposición se rige por su propio marco normativo: revisa nuestra guía de curso MATPEL online, que explica la diferencia entre los niveles I, II y III, incluido el nivel III específico para operaciones mineras.
Diferencia entre capacitación general SST y capacitación específica minera
Un error frecuente es asumir que una inducción general en seguridad y salud en el trabajo —la que exige la Ley 29783 para cualquier sector— es suficiente para operar en mina. No lo es. El D.S. 024-2016-EM añade exigencias propias del entorno minero que la Ley 29783 no cubre en detalle: manejo de explosivos, estabilidad de taludes y labores subterráneas, ventilación de minas, gases y atmósferas peligrosas propias de la actividad, y protocolos de rescate minero.
En operaciones donde se realizan maniobras de izaje —comunes en el manejo de equipos y materiales dentro de una unidad minera—, esa capacitación debe complementarse con lo que exige la norma de izaje de cargas. Puedes revisar los requisitos en nuestra guía de izaje de cargas en Perú.
Qué cubre un curso de seguridad minera online
Un curso de seguridad minera que realmente prepare al trabajador —y no solo entregue un certificado— debería cubrir, como mínimo:
- Marco legal aplicable: D.S. 024-2016-EM y sus modificatorias vigentes, y su relación con la Ley 29783.
- Identificación de peligros propios de la mina: IPERC adaptado a minería, gases, ventilación, estabilidad de terreno.
- Obligaciones del titular y del trabajador: qué debe garantizar la empresa y qué debe cumplir cada persona en el terreno.
- Programas anuales exigidos: qué es el Programa Anual de SSO y el Programa Anual de Capacitación, y cómo se fiscalizan.
- Procedimientos de emergencia minera: evacuación, rescate y reporte de incidentes peligrosos.
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Preguntas frecuentes
¿El D.S. 024-2016-EM aplica solo a la gran minería? No. Aplica a toda empresa titular de actividad minera y a sus contratistas, independientemente del tamaño de la operación, aunque la escala de exigencia de los programas de gestión puede variar según la clasificación de la unidad minera.
¿Un curso online reemplaza la inducción presencial en mina? No. El curso online certifica conocimientos normativos y teóricos, pero toda unidad minera exige, además, una inducción presencial específica del sitio (accesos, rutas de evacuación propias, riesgos particulares de esa operación) antes de autorizar el ingreso de cualquier trabajador.
¿Con qué frecuencia debe actualizarse esta capacitación? El reglamento exige que el titular minero mantenga un Programa Anual de Capacitación vigente, lo que en la práctica implica una actualización al menos anual, y antes si cambian las normas, los procesos o el nivel de riesgo de la operación.
¿Qué otra cobertura debe verificar una empresa minera además de la capacitación? La actividad minera está clasificada como de alto riesgo para efectos del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), que cubre tanto salud como pensión ante un accidente de trabajo o enfermedad profesional. Tener al personal capacitado no reemplaza esa cobertura: son dos obligaciones distintas y ambas son fiscalizables. Si tu empresa necesita revisar el alcance y la obligatoriedad de esta cobertura, puedes consultar nuestra guía de SCTR: Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.
Conclusión
La seguridad minera no se resuelve con una capacitación genérica de SST: el D.S. 024-2016-EM exige un programa de capacitación anual documentado, obligaciones específicas del titular y contenidos propios del entorno minero que otras normas no cubren. Si tu empresa necesita capacitar a personal propio o contratista antes de una fiscalización o el inicio de una operación, escríbenos a comercial@corgasa.pe o al WhatsApp +51 975 584 117 para una propuesta corporativa.
Etiqueta:Materiales peligrosos, Minería e hidrocarburos




