
Ley MAPE: Sunafil fiscalizaría plantas de beneficio mineras
Qué propone el proyecto
El Ejecutivo presentó a la Cámara de Diputados el proyecto de Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (Ley MAPE). Entre sus disposiciones transitorias, la Ley MAPE y Sunafil quedan vinculadas: durante cinco años, tras la promulgación de la norma, OEFA, Osinergmin y Sunafil ejercerían funciones de supervisión, fiscalización y sanción sobre las plantas de beneficio. Según la prensa que accedió al texto, se trata de las plantas que procesan más de 25 toneladas métricas de mineral por día, dentro del régimen ordinario y del régimen de consolidación, donde pasarían los mineros hoy inscritos en el Reinfo. Es un proyecto: todavía debe pasar por el Congreso y su contenido final puede cambiar.
El reparto de roles sería el siguiente: OEFA vigilaría el cumplimiento ambiental, Osinergmin la seguridad de la infraestructura, las instalaciones y la gestión de las operaciones, y Sunafil la materia sociolaboral, incluidas las condiciones de seguridad en el trabajo. El proyecto también plantea crear un organismo nuevo, el FORMAPE, en un plazo de 120 días, y que el Reinfo concluya el 31 de diciembre de 2026. Mientras tanto, el MINEM asumiría temporalmente las competencias.
El Ejecutivo reconoce que es un tema nuevo: hoy estas entidades no fiscalizan la pequeña minería ni la minería artesanal, que está a cargo de las autoridades regionales.
¿Qué significa para tu empresa?
Si operas o contratas servicios de una planta de beneficio de pequeña minería o minería artesanal, o das servicios a una, el escenario de control se ampliaría. Aunque la propuesta aún no es ley, conviene prever sus efectos prácticos:
- Fiscalización laboral y de SST: Sunafil podría verificar el cumplimiento de la Ley 29783 y su reglamento (D.S. 005-2012-TR): matriz IPERC, capacitaciones, registros, exámenes médicos y comité o supervisor de SST.
- Tres entidades a la vez: una misma planta podría recibir supervisiones de aspectos ambientales, de seguridad de las operaciones y laborales. Los documentos de cada área deben ser coherentes entre sí.
- Sanciones: las funciones incluirían la sanción, de modo que los incumplimientos tendrían consecuencias administrativas directas.
- Priorización por riesgo: el proyecto indica que las autoridades darían prioridad a las actividades e instalaciones con mayor riesgo para la salud y el ambiente.
Para las empresas formales de mediana y gran minería que compran mineral o servicios a estos productores, también aumenta la importancia de verificar la formalidad y las condiciones de SST de sus proveedores.
Recomendaciones
- Haz un diagnóstico de brecha frente a la Ley 29783 y su reglamento, y frente al reglamento minero que te corresponda, antes de que se defina la norma final.
- Actualiza tu IPERC con los peligros propios de la planta: manejo de reactivos, maquinaria, ruido, polvo, trabajos en altura y energías peligrosas.
- Ordena tu documentación de SST: política, programa anual, registros de capacitación, inspecciones, entrega de EPP e investigación de incidentes, siempre disponibles y verificables.
- Capacita al personal en los riesgos críticos y deja constancia de cada sesión.
- Haz seguimiento al proyecto en el Congreso y a las normas que reglamenten la transferencia de funciones, para ajustar tu plan con tiempo.
Capacítate con CORGASA
Para preparar a tu equipo ante una fiscalización laboral más amplia, te recomendamos el curso de Ley N° 29783 y modificatorias y el curso de IPERC. Con ellos tu organización podrá cumplir con lo exigible y gestionar mejor sus riesgos.
Fuente: Rumbo Minero, Gobierno presenta a la Cámara de Diputados el proyecto de Ley MAPE.




